Calculadora de Liquidación Laboral Ecuador 2026

Información Salarial

Fechas y Ubicación

Nota legal: Cualquier fracción de año (aunque sea un solo día) se considera como un año completo para cálculo de indemnizaciones por despido (Art. 188), pero NO para la bonificación por desahucio (Art. 185 - solo años completos). Los décimos y vacaciones se calculan de forma proporcional exacta.

Tiempo trabajado
4 años, 0 meses, 0 días
Total: 1461 días | Años completos: 4 | Años con fracción (Art. 188): 4

Tipo de Terminación

Despido Intempestivo
Terminación injustificada del contrato por parte del empleador con derecho a indemnización (Art. 188) y bonificación por desahucio (Art. 185)
Arts. 188 y 185 Código del Trabajo

Configuraciones Adicionales

Máximo 30 días por período anual. Calculados proporcionalmente: 15.0 días

Cálculo de Liquidación

Total Liquidación
$3302.03
USD

Desglose del Cálculo

Décimo Tercer Sueldo
Proporcional por 128 días trabajados en el período (Art. 111)
Cálculo: ($482.00 × 128 días) ÷ 365
Art. 111 Código del Trabajo
$169.03
Décimo Cuarto Sueldo
Proporcional por 365 días trabajados (1 SBU = $482) (Art. 113)
Cálculo: ($482 × 365 días) ÷ 365
Art. 113 Código del Trabajo
$482.00
Vacaciones No Gozadas
15.0 días pendientes de vacaciones (cálculo proporcional exacto según tiempo trabajado - Art. 78)
Cálculo: ($482 ÷ 30) × 15.0 días
Art. 78 Código del Trabajo
$241.00
Indemnización por Despido Intempestivo (Art. 188)
El empleador termina la relación laboral sin causa justificada. **"El año incompleto se considerará como año completo"**. Se consideran 4 años para el cálculo (4 años, 0 meses, 0 días).
Cálculo: $482.00 × 4 años (incluyendo fracción)
Artículo 188 del Código del Trabajo
$1928.00
Bonificación por Desahucio (Art. 185)
Adicionalmente, según interpretación de la Corte Nacional y Ministerio de Trabajo, corresponde la bonificación del 25% por concepto de desahucio. **Esta se calcula SOLO sobre los años COMPLETOS** (4 años completos). Las fracciones de año NO se consideran para este rubro.
Cálculo: (482.00 × 25%) × 4 años completos
Art. 185 Código del Trabajo
$482.00

Resumen Ejecutivo del Trabajador

4
Años
0
Meses
0
Días
1461
Días Totales
Art. 188 (Despido)
4 años
Fracción como año completo
Art. 185 (Desahucio)
4 años
Solo años completos
Beneficios
$892.03
Indemnizaciones
$2410.00
Especiales
$0.00
TOTAL LIQUIDACIÓN$3302.03
Información Importante:
  • • Los cálculos del simulador se basan en el Código del Trabajo vigente
  • • Los décimos se calculan proporcionalmente si no se mensualiza
  • • Los fondos de reserva aplican después del primer año de trabajo y debe consultarlo en el IESS
  • • Las indemnizaciones varían según el tipo de terminación
  • • Este cálculo de este simulador es referencial, consulte con un abogado en derecho laboral
Fechas de Décimos - Régimen Costa:
• Décimo Tercer Sueldo: Se paga hasta el 24 de diciembre
• Décimo Cuarto Sueldo: Se paga hasta el 1 de abril

📜 Aplicación del Art. 188 Código del Trabajo:

Has trabajado 4 años, 0 meses y 0 días.

Para la indemnización por despido intempestivo, la ley establece que "el año incompleto se considerará como año completo".

Por lo tanto, se aplican 4 años para el cálculo de la indemnización principal.

📖 Art. 188 Código del Trabajo: "Si se tratare de un año incompleto, se considerará como año completo."

⚖️ Aplicación del Art. 185 Código del Trabajo (Bonificación por Desahucio):

La bonificación del 25% de la última remuneración por cada año de servicio se calcula SOLO sobre los años completos de servicio.

Tienes 4 años completos de servicio (de un total de 4 años, 0 meses, 0 días).

Las fracciones de año NO se consideran para el cálculo de esta bonificación.

📖 Art. 185 Código del Trabajo: "...bonificación equivalente al veinticinco por ciento del equivalente a la última remuneración mensual por cada uno de los años de servicio." Interpretación jurisprudencial: años completos.

📅 Cálculo de Décimos y Vacaciones:

A diferencia de las indemnizaciones por despido, los décimos sueldos y las vacaciones se calculan de forma estrictamente proporcional al tiempo trabajado.

Has trabajado 1461 días, lo que representa el 400.3% de un año calendario (365 días).

Los décimos y vacaciones se calculan multiplicando el valor anual por esta proporción exacta.

Preguntas Frecuentes sobre Liquidación Laboral en Ecuador

Resolvemos las dudas más comunes sobre cálculo de liquidación, derechos laborales y procedimientos según el Código del Trabajo ecuatoriano.

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Calculadora de liquidación Ministerio de Trabajo Mejorada

Hemos desarrollado una calculadora de liquidación laboral que surge como respuesta a la gran frustración que sienten trabajadores y empleadores al intentar utilizar la herramienta oficial del Ministerio de Trabajo.

La calculadora del Ministerio de Trabajo es conocida por ser poco práctica, imprecisa y de mala calidad, al punto de que muchas veces "no vale" para obtener un resultado real o confiable. Esto ha generado que, en lugar de brindar soluciones, complique aún más a las personas que buscan calcular lo que por ley les corresponde.

Frente a esas limitaciones y a la falta de herramientas claras por parte de la institución, decidimos crear un simulador mejorado. Nuestra calculadora no solo corrige los errores y vacíos de la calculadora del Ministerio de Trabajo, sino que además ofrece una experiencia clara, fácil de usar y con resultados mucho más precisos.

Mejoras implementadas: Diferenciación entre Art. 185 (solo años completos) y Art. 188 (fracción como año completo), explicaciones legales detalladas, cálculos proporcionales exactos para décimos y vacaciones, y optimización de rendimiento.

En resumen, mientras que la calculadora del Ministerio de Trabajo decepciona y no cumple con su propósito, nuestro simulador fue diseñado justamente para llenar ese vacío: brindar una herramienta confiable, transparente y adaptada a la realidad, que realmente ayude a las personas a tomar decisiones informadas sobre sus derechos laborales.

Normativa Legal

  • • Código del Trabajo (RO 167, 16-dic-2020)
  • • Reformas Laborales
  • • Acuerdos Ministeriales

Valores 2026

  • • SBU 2026: $482.00
  • • Auxilio Mortuorio: 5 SBU ($2,410.00)
  • • Pensión mínima viudez: 40% SBU ($192.80)

Importante

  • • Cálculo referencial
  • • Consulte con abogado laboralista
  • • Verifique documentación

Esta herramienta de simulación es gratuita y de carácter informativo, no sustituye asesoría legal profesional de un abogado laboral