¿Te sientes una “vístima” por cobros de vehículos que ya no tienes en tu poder?
Resumen
¿Te sientes una “vístima” por cobros de vehículos que ya no tienes en tu poder? Te comentamos la solución. Son miles de personas las que han visto en los últimos días aparecer deudas por concepto de infracciones de tránsito o multas recaídas en automóviles o motos que vendieron años atrás o que eran de su propiedad y por algún concepto ya no los tienen en su poder.
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¿Te sientes una “vístima” por cobros de vehículos que ya no tienes en tu poder?
Te comentamos la solución.
Son miles de personas las que han visto en los últimos días aparecer deudas por concepto de infracciones de tránsito o multas recaídas en automóviles o motos que vendieron años atrás o que eran de su propiedad y por algún concepto ya no los tienen en su poder.
El problema radica en que estas personas nunca hicieron el traspaso de dominio, es decir que estos automóviles siguen a nombre del vendedor, o en su caso, no realizaron el trámite para la baja del automotor, cuando estos fueron chatarrizados, robados o hurtados, ya no ruedan por averías definitivas o se han perdido o destruido en desastres naturales.
Con la vigencia de la Ley de Fomento Productivo se actualizaron las deudas e iniciaron las notificaciones a los morosos, apareciendo deudas que pueden ser muy significativas, y que impiden al momento realizar los trámites de matriculación de vehículos actuales hasta que no sean debidamente canceladas.
Si usted vendió su medio de transporte años atrás, lo chatarrizó, se lo robaron, se perdió o destruyó, o simplemente ya no rueda por averías, es importante que revise su estatus de deuda con el SRI y ANT para asegurarse de no estar siendo parte de esta nueva lista de supuestos morosos.
Si usted se encuentra entre los afectados le informamos que la Agencia Nacional de Tránsito emitió la Resolución 008-DIR-2019-ANT, con fecha 29 de febrero de 2019, la misma que establece reformas a los procesos para poder comunicar todas estas particularidades y que los hoy afectados puedan demostrar que ya no son dueños de esos automóviles o que los mismos ya no circulan, a efectos de que se extingan o levanten las deudas por contravenciones o impuestos no pagados en los años anteriores, o en su defecto, pasen a su verdadero dueño.
Los pasos a seguir se encuentran publicados en la página web de la Agencia Nacional de Tránsito.
Este es un problema a nivel nacional y tanto la ANT como el SRI se encuentran ajustando sus sistemas informáticos para poder implementar esta resolución a partir del mes de mayo de 2019 como indica la disposición, y ayudar a las personas afectadas por esta problemática en la que se encuentran, ya sea por descuido o negligencia propia o ajena, a resolver su situación.
Adjuntamos la resolución 008 donde se detallan los pasos a seguir. Click Aquí: https://www.ant.gob.ec/index.php/transito-7/resoluciones-2019/resoluciones-de-directorio/file/6160-resolucion-nro-008-dir-ant-2019?tmpl=component
Si conoces una posible “vístima”, por favor comparte esta información!
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